El proceso de constitución de la nueva corporación provincial valenciana, integrada por 31 diputados provinciales, parte de la elección indirecta que atiende a los resultados municipales baremados en nueve Partidos Judiciales: Valencia, que dispone de 18 escaños; Alzira, Gandia, Llíria, Sagunt y Xàtiva, con dos plazas de diputado provincial cada una, y Ontinyent, Requena y Sueca, con un puesto respectivamente.
¿Cuántos diputados provinciales le corresponden a cada partidó
Tras la designación de los concejales electos y la constitución de los ayuntamientos, la Junta Electoral de Zona de cada partido judicial es la autoridad encargada de asignar el número de diputados por coaliciones siguiendo la Ley D’Hont con el resultado final siguiente: 12 diputados para el Partido Popular, 9 diputados para PSPV-PSOE, 6 de Compromís, 2 de Ciudadanos, 1 de Esquerra Unida y 1 de València en Comú.
Lista de candidatos y tres suplentes
El proceso continúa con las llamadas que la Junta Electoral de Zona realiza a los partidos políticos y coaliciones para que presenten una lista de candidatos con los escaños asignados más tres suplentes. En este momento, las Juntas Electorales de Zona están proclamando a los 31 diputados provinciales y expiden dos documentos:
-Certificado de la Junta Electoral de Zona con los nombres de los diputados para el Secretario General de la Diputación.
-Credencial de la Junta Electoral para cada diputado electo que deben presentar al Secretario General de la Diputación
Declaración de Bienes e Intereses de los diputados electos
Ambos documentos son cotejados por el Secretario General de la Diputación. Confirmadas ambas certificaciones, los diputados electos deben formular la declaración de Bienes e Intereses. Por lo tanto, antes de la constitución de la Diputación los diputados electos deben acreditarse y formular la declaración de Bienes e Intereses
Una Mesa de Edad preside el pleno constitutivo
El pleno constitutivo será convocado por el presidente de la corporación saliente. La sesión constitutiva de la nueva corporación provincial está presidida por una Mesa de Edad integrada por dos diputado: el de mayor y menor edad.
Durante el pleno constitutivo los 31 diputados provinciales prestan juramento o promesa de su cargo ante el miembro de la Mesa de mayor edad quien declarará constituida la nueva corporación a la finalización del acto de juramento o promesa.
Elección del presidente de la Diputación
Llega entonces el momento de la elección del presidente de la Diputación. El presidente de la Mesa de Edad pregunta “in voce” quién se presenta al cargo y los grupos proponen sus respectivos candidatos.
A continuación se procede a la votación, mediante llamamiento nominal a los 31 diputados y sufragio en sobre cerrado. Para la proclamación de presidente el candidato debe obtener mayoría absoluta en la primera votación o mayoría simple en la segunda, siempre en la misma sesión.
El recién proclamado presidente de la Diputación vuelve a jurar o prometer en calidad de primer responsable de la corporación.
El acto constitutivo finaliza con un turno de intervenciones de los portavoces de todos los grupos políticos con representación en el consistorio y cierra el acto la toma de posesión del cargo y el discurso del nuevo presidente.









